Tags: Derecho y justicia

La enseñanza del derecho en las escuelas es vital para formar ciudadanos críticos

La enseñanza del derecho en las escuelas es vital para formar ciudadanos críticos

El abogado y mediador, Bruno Baltazar Bustos, fue consultado por Abogados Tucumán sobre la enseñanza de derecho en las escuelas públicas y privadas de la provincia. El también Licenciado en Tecnologías Educativas expresó que en las currículas vigentes incluyen el estudio y la enseñanza de distintas ramas del derecho que son movilizantes para los jóvenes porque sirve para el desarrollo de ciudadanos críticos.

¿Porque o para que enseñar derecho?

Hoy, pensar la enseñanza del Derecho en la escuela secundaria implica partir de considerar que, al igual de cualquier otro conocimiento, va a variar según el trayecto formativo en el que es impartido.

En las curriculas vigentes en nuestro sistema educativo, tanto en la secundaria común, como en la técnica e incluso en algunos trayectos de formación no formal, encontramos espacios curriculares tales como: Derecho, Derecho Económico, Marco Jurídico de los Procesos Productivos, Legislación Ambiental, Legislación Turística, Cooperativismo y Mutualismo, Ciencias Políticas, Formación Ética y Ciudadana, Construcción de la Ciudadanía, etc. Todas ellas relacionadas directa o indirectamente con el derecho y las cuales, nosotros, los abogados, estamos habilitados a enseñar.

Todas ellas tienen idéntica finalidades, siendo el objetivo general o principal “Formar ciudadanos críticos, conocedores no solo de sus derechos y obligaciones, sino también los de los demás sujetos que los rodean.”

Ahora en particular cada espacio de los nombrados tiene sus propios objetivos, como ser que el alumno reconozca la existencia de normas que organizan la vida en sociedad, el reconocimiento de los aspectos comunes y diversos en las identidades personales, grupales y comunitarias. Propiciar actitudes de autonomía, responsabilidad y solidaridad, La construcción progresiva de nociones de libertad, paz, solidaridad, igualdad, justicia, responsabilidad, bien común y respeto a la diversidad, El ejercicio del diálogo y su progresiva valoración como herramienta para la construcción de acuerdos y la resolución de conflictos, etc.-

Como verán, estas razones son más que suficientes.

¿Cómo se enseña derecho en la escuela secundaria?

Sirva este apartado como consejo a los colegas que tienen ganas de ingresar al sistema educativo.

Lo primero a tener en cuenta es que como todo conocimiento que será objeto de relación de enseñanza –aprendizaje y su transposición va a depender del grupo y del trayecto formativo.

Aclaro esto porque muchas veces los colegas que recién ingresan a enseñar en las escuelas, pretenden hacerlo de la misma manera en la que a ellos se les enseño en la facultad. A esto le llamamos enseñar en base a nuestra propia “Matriz de Aprendizaje” (Enseño como me lo enseñaron)

Aquí es importante tener siempre presente que no es lo mismo enseñar derecho en la facultad que en la escuela secundaria, ya que los objetivos de ambos son totalmente distintos.

La escuela secundaria forma a los ciudadanos en algunos conocimientos “básicos disciplinares múltiples” con la finalidad de inserción al mercado laboral o a carreras de nivel superior (Universitarias o no universitarias) y la facultad se encarga de la “formación profesional” en una sola área disciplinar. O sea toma una de esas disciplinas aprendidas en la secundaria y se encarga de su perfeccionamiento y profundización.

La didáctica nos enseña que la variación de objetivos tiene sobre la configuración del objeto de enseñanza no se limitan a aspectos formales. Por el contrario, nos explica que objetivos y contenidos son interdependientes, de modo que estos últimos se constituyen y definen en función de los objetivos.

Todo contenido curricular es resultado de la articulación de un recorte cultural con ciertas intenciones educativas dentro de un programa educativo. A partir de un determinado conocimiento

La cuestión está en preguntarnos: ¿Qué esperamos que aprendan los alumnos acerca de este tema?

Por ejemplo: Lo que esperaremos que aprenda un alumno de secundaria en relación con la Constitución Nacional es diferente de lo que nos proponemos con un alumno de la Carrera de Abogacía. Si bien esta cuestión puede resultar obvia, sus implicaciones prácticas no son fáciles de resolver.

Siguiendo con este ejemplo, definir este contenido no supone tomar como referencia, la materia Derecho Constitucional y solamente reducir la cantidad de información. Por el contrario, el docente de escuela secundaria debería preguntarse qué pretende que aprendan los alumnos en relación con la Constitución Nacional: ¿El contenido de sus principales artículos? ¿Qué tipo de constitución es en comparación con otros tipos posibles? ¿Los fundamentos de por qué tenemos una constitución y para qué sirve? Según elijamos algunas de estas opciones tendremos un contenido diferente.

Este proceso, de construcción o configuración del contenido, se desarrolla tanto en el nivel de diseño del currículum como en la programación didáctica de cada docente. Los objetivos configuran el contenido a partir de preguntarse qué es valioso transmitir acerca de este tema en este ciclo formativo y si su transmisión es factible, en función del tiempo disponible, los conocimientos y capacidades previas de los alumnos, etc.

Hoy la Didáctica del Derecho nos sugiere que para enseñarlo en la escuela secundaria debemos recurrir a tres estrategias básicas

 1.- Articular sus contenidos con otras disciplinas  ya que para comprender los contenidos de esta ciencia el alumno debe manejar conceptos de diversas disciplinas, que además no suelen ser nociones sencillas, en  relación con contenidos de Derecho. Por ejemplo, comprender conceptos tales como institución o poder político resulta necesario, para el aprendizaje de temas relativos a la Constitución Nacional.

Así muchas veces los colegas enseñan el contenido de las normas dando por sentado que los alumnos comprenden los procesos sociales, económicos o políticos que estas regulan.

2.-Conocer y anticipar el marco de significaciones de los alumnos

La psicología de la educación explica que el aprendizaje siempre es producto de la interacción entre los conocimientos previos del sujeto y el objeto de enseñanza. Nos referimos básicamente a las concepciones personales que portan los alumnos sobre los temas de la clase y que actúan como marco asimilador pudiendo distorsionar el significado y sentido del contenido.

Debemos ser consiente entes, “ante la misma enseñanza recibida’, no todos los alumnos aprenden lo mismo y son las concepciones desde las cuales otorgan significado al contenido, las que explicarían estas diferencias.

Por ejemplo, como docentes podemos  anticipar que los alumnos confundan el plano jurídico con el político o que personalicen las funciones del gobierno; sin embargo, no siempre logran comprender cuestiones que les parecen obvias (por ejemplo, la división jurisdiccional del territorio). Asimismo, cuando el alumno pregunta por el contenido de una norma, los docentes entienden que están cuestionando el contenido de la misma. 

La importancia de anticipar el tipo de comprensión de los alumnos acerca de los temas de enseñanza evita que el docente interprete las dudas y preguntas de manera equivocada.

3.-Hacer un análisis del lenguaje jurídico y enseñarlo explícitamente.

En la enseñanza de las ciencias sociales un obstáculo especial lo constituye el uso de un lenguaje técnico compuesto por términos que tienen además un significado cotidiano en otras disciplinas, lo facilita la confusión de significados o el reemplazo del significado técnico por el cotidiano, sin que el alumno logre advertir su ignorancia o confusión.

Ejemplo de ello han sido términos como “delegar”, “regular”, “derogar”, “civil”, “tipificado”, entre otros.

Como los alumnos no preguntan por las palabras o incluso manifiestan conocerlas, los profesores no explicitan su significado técnico.

El diálogo en clase se sostiene pero enmascara las diferencias de significado.

En relación con esto, una buena idea sería que el docente efectuara un análisis del lenguaje técnico que requerirán los alumnos, destacando sobre todo aquellas palabras que no son nuevas y puedan lleva a confusión.  A partir de allí, planificar la enseñanza y explicación de su significado técnico,  contraponiéndolo al cotidiano.

La estrategia de aclarar solo los términos por los que los alumnos preguntan resultaría poco efectiva.

Bruno Baltazar Bustos

Abogado

Mediador

Licenciado en Tecnologías Educativas

Experto Universitario en Herramientas Tecnológicas para la educación Distancia (U.T.N.-F.R.Mendoza)

Maestrando de la  “Maestría en Educación” (Universidad Europea del Atlántico – España)

Tesinista “Maestría en Educación Superior” (Univ. Internacional Iberoamericana – Puerto Rico)

Docente Nivel Secundario.

Capacitador Docente.

Director Nivel Secundario – Instituto Santa Catalina de Siena



Fuente: Abogados Tucumán